Conoce todo sobre el abandono de hogar

Conoce todo sobre el abandono de hogar

Existe mucha confusión con la figura del abandono de hogar en España, que solo está penado si implica cometer un delito de abandono de familia. En ese caso sí es denunciable y tiene consecuencias económicas, civiles y penales.

Para interponer una denuncia al cónyuge o pareja por irse de la vivienda donde convivía la familia es preciso que exista abandono de sus obligaciones materiales o morales.

Este acto puede ser el inicio de un divorcio contencioso por ello es importante contar con el asesoramiento legal especializado de Atrik Abogados.

 

¿Qué es el abandono de hogar y qué dice la ley en España?

 

Antes de irse de la casa conyugal o denunciar a quien se ha marchado es importante conocer qué dice la ley al respecto.

 

¿Existe el abandono de hogar como delito?

En la actualidad no existe el abandono de hogar como delito en el Código Civil en España. No obstante, cuando un cónyuge se va de casa puede incurrir en un delito de abandono de la familia y eso sí existe a nivel legal.

La ley comprende que una pareja en crisis no conviva durante un tiempo determinado. Excediendo el plazo estipulado de 30 días y si se deja desamparados a la pareja o los hijos, se incurre en un abandono familiar.

Por ello no debes preocuparte tanto de cuándo es abandono de hogar pero sí de cuándo la ley considera un abandono de las obligaciones familiares.

 

El abandono de hogar en el Código Civil: artículos 68 y 105

El artículo 68 establece que los cónyuges están obligados a:

  • Vivir juntos.
  • Guardarse fidelidad.
  • Socorrerse mutuamente.
  • Compartir las responsabilidades domésticas.
  • Compartir el cuidado de dependientes, que incluye el cuidado de los hijos menores de edad o los ascendientes que lo precisen.

Proceder al abandono del hogar conyugal supone la ruptura de la cohabitación pero no siempre el incumplimiento de las otras obligaciones aquí descritas.

 

En cuanto al artículo 105, señala que quien deja el hogar de la familia no incumple con el deber de convivencia en caso de:

  • Salir del domicilio conyugal por una causa razonable.
  • Presentar una demanda o solicitud de divorcio o separación en un plazo máximo de treinta días en el modo y forma estipulado por la ley.

Contar con asesoramiento legal especializado es crucial para garantizar tu seguridad jurídica y evitar errores que pueden tener consecuencias posteriores importantes en un proceso de divorcio contencioso o de mutuo acuerdo.

 

Abandono de hogar vs delito de Abandono de familia

 

  • Abandono de hogar. Implica dejar la vivienda habitual, aquella en la que convive la familia o pareja. Es irrelevante si el abandono se lleva a cabo para instalarse en otra vivienda o no. Rotar en domicilios de allegados o un hotel no supone ninguna diferencia a nivel legal. Como tal, dejar el hogar no se considera un delito.
  • Abandono de familia. Implica dejar en desamparo al cónyuge o las personas dependientes de la unidad familiar. Por ejemplo, al desatender el cuidado de padres o hijos que necesitan atención o al dejar sin sustento a los hijos o al cónyuge que se queda viviendo en la casa si no tiene ingresos propios. Está considerado un delito y puede tener efectos legales y económicos, en especial si hay denuncia o un proceso de divorcio contencioso.

 

¿Cuándo se considera abandono de hogar?

 

Ante una crisis en la pareja es habitual que uno decida cesar la convivencia y marcharse de casa, pero el abandono de domicilio conyugal no siempre supone un abandono del hogar delictivo.

 

Los tres requisitos que deben concurrir

Para que el abandono de domicilio se considere abandono de familia deben concurrir los siguientes requisitos:

  • Voluntariedad del abandono del hogar sin coacciones, sin violencia y sin situaciones de fuerza mayor que obliguen a ello.
  • Injustificación, es decir, la no existencia de una causa legítima para marcharse. Entre las causas legítimas están la violencia intrafamiliar o de género, los motivos laborales inevitables o el estar hospitalizado, por ejemplo.
  • El incumplimiento de las obligaciones familiares a raíz del cese real de la convivencia familiar. Estas obligaciones pueden ser, por ejemplo, la desatención del sustento de los hijos o del cónyuge necesitado o desatender el cuidado de los hijos que se compartía.

 

El plazo de los 30 días

30 días es el límite temporal que establece el Código Civil entre por ley entre el abandono de hogar y la presentación de una demanda de divorcio, separación o medidas paternofiliales.

Cuando se superan esos 30 días sin hacerlo, la ley entiende que se trata de un delito de abandono de familia. Por ello actuar con agilidad es necesario para evitar consecuencias que cuesten dinero y disgustos.

Ten en cuenta que incurrir en este delito puede tener un impacto en las condiciones del divorcio estipuladas por el Juez, ser castigado con sanciones económicas e incluso con penas de prisión.

 

Situaciones que no son abandono de hogar

Entre ellas y siempre que no se desatiendan las obligaciones familiares:

  • Sufrir maltrato físico, psicológico o emocional y marcharse por ello presentando la correspondiente denuncia formal.
  • Estar fuera de casa por motivos de salud justificados, por ejemplo por estar ingresado en un hospital o sanatorio o recibiendo tratamiento médico en otra ciudad sin que el traslado sea una opción viable desde el punto de vista sanitario.
  • Estar trabajando a una distancia que implique vivir en otro domicilio, siempre que sea una ausencia temporal o un traslado laboral inevitable.
  • Problemas graves que impiden habitar el domicilio familiar, como un problema de insalubridad o el deterioro del edificio por un incendio u otro siniestro.

 

¿Cambia algo si quien se va es el hombre o la mujer?

 

abandono hogar mujer en dovorcio

 

No, el abandono del hogar por divorcio o separación no cambia nada por el género de quien se marcha, con la salvedad de ser víctima de violencia de género.

 

Abandono de hogar por parte de la mujer

 

Solo en caso de ser víctima de violencia de género la mujer se puede marchar del hogar donde cohabitaba con su pareja sin incurrir en un delito, ya que se entiende que es una acción necesaria para proteger su integridad.

Si es tu caso deberás poner la denuncia correspondiente al irte. Es conveniente que reúnas todas las pruebas documentales o digitales posibles y hagas una lista de testigos que puedan ayudarte a demostrar el maltrato.

Contar con asesoramiento, apoyo y acompañamiento legal en este caso es importante para tu mayor seguridad jurídica y para tu estabilidad emocional en un momento duro.

 

Abandono de hogar por parte del hombre

 

Cumplir con las obligaciones familiares al irte es necesario para evitar una denuncia por abandono de hogar, como también lo es interponer una demanda de divorcio antes de 30 días aportando la documentación necesaria.

Cuando no se trata de un abandono de hogar antes de la separación sino que te vas porque tu pareja ha presentado la demanda de divorcio debes seguir cumpliendo con las obligaciones familiares.

Es conveniente que reúnas pruebas de que sigues cumpliendo con tus obligaciones económicas, como el pago del alquiler o la hipoteca aunque ya no vivas en esa casa.

Marcharte no hace que pierdas la casa o la posterior custodia de tus hijos.

 

Abandono de hogar por infidelidad

 

En principio la infidelidad no cambia nada pero el Artículo 68 del Código Civil establece que guardarse fidelidad es una obligación conyugal. Por sí solo es poco habitual que suponga cambios pero sí puede tener otras repercusiones.

Por ejemplo y entre otras, en la custodia si se demuestra que la infidelidad supuso una desatención de los hijos. O económicas si se demuestra que el cónyuge infiel gastó dinero común para financiar la relación extramatrimonial.

 

Consecuencias del abandono de hogar

 

Habitualmente abandonar el domicilio conyugal suele derivar en una demanda de divorcio, por tanto si tu pareja se ha marchado es conveniente que te prepares para recibirla.

Cuando eres tú quien se quiere ir o se ha marchado debes conocer las consecuencias que puede tener si no presentas la demanda de divorcio en un plazo de 30 días e incumples tus deberes familiares.

 

Penas de los artículos 226 y 227 del Código Penal

  • Artículo 226. Incumplir los deberes de asistencia (como el sustento o la patria potestad) está castigado con penas de prisión de 3 a 6 meses o multas económicas de 6 a 12 meses. También puede castigarse con inhabilitación especial para el ejercicio de la patria potestad por un tiempo de 4 a 10 años.
  • Artículo 227. El impago de prestaciones económica a los hijos o al cónyuge establecidos por un juez ,por dos meses consecutivos o cuatro alternos, está castigado con prisión de 3 meses a un año y multas de 6 a 24 meses sin que el pago posterior de la cuantía adeudada extinga la acción penal.

 

Efectos sobre la custodia y la patria potestad

Cuando quien se va de casa se lleva el dinero común o no aporta para sostener a la familia está provocando su desamparo.

Las situaciones de desamparo de los menores derivadas del abandono del hogar con hijos sin estar casado o estándolo pueden suponer:

  • La inhabilitación para el ejercicio de la patria potestad por entre 4 y 10 años.
  • La pérdida de la custodia en favor del otro cónyuge si al marcharse ha desatendido a sus hijos ya sea en el plano económico, en sus cuidados o necesidades emocionales.

 

Efectos sobre el uso de la vivienda familiar

Marcharte de casa no es un delito pero puede perjudicar tu posición en un divorcio contencioso y afectar al uso del inmueble, en especial si tienes hijos, ya que la ley va a priorizar su bienestar y equilibrio emocional.

De forma habitual quien permanece con los hijos obtiene la custodia en bien de la estabilidad emocional de los menores.

Además, existe jurisprudencia que considera que un abandono largo, injustificado y voluntario implica la pérdida de carácter de vivienda familiar del inmueble.

Desatender el pago de la hipoteca, alquiler o suministros puede hacer que el Juez lo interprete como una renuncia a los derechos de uso de la vivienda.

 

Efectos sobre las pensiones

 

Dejar de sufragar las necesidades económicas de sus hijos tras el abandono del hogar tiene consecuencias sobre las pensiones ya que se está incurriendo en un delito de abandono de familia.

El cónyuge que tiene la custodia de los hijos puede reclamar la pensión de alimentos por vía civil o penal.

Otra cuestión es la situación económica en que se deja al cónyuge, en especial si no tiene un empleo remunerado o se le deja sin dinero ya que puede alegar desequilibrio económico para solicitar una pensión compensatoria.

 

¿Qué ocurre con la sociedad de gananciales?

 

Marcharse no disuelve de forma automática la sociedad de gananciales, el régimen económico sigue vigente.

Solo se disuelve al decretarse el divorcio o si pasado un año de no convivencia efectiva un juez lo decreta a petición de la ex pareja.

 

¿Se puede denunciar por abandono del hogar?

Solo en algunos casos. Vamos a aclarar este punto.

 

¿Cuándo procede la denuncia y cuándo no?

Procede y quien se va de casa con el abandono de hogar incurre en un delito de abandono de familia que su pareja puede denunciar, si:

  • Deja sin capacidad de asistencia o abandono grave a tus hijos menores o personas con discapacidad que forman parte del núcleo familiar.
  • Impaga las pensiones establecidas en una resolución judicial por dos meses consecutivos o cuatro no consecutivos.
  • Se desentiende por completo de la familia, cesa toda relación u omite de forma grave sus obligaciones de asistencia moral o material para con sus miembros.

No procede y no es denunciable cuando cumple tres requisitos:

  • Quien se ausenta del hogar lo hace por causas justificadas.
  • Quien abandona el domicilio familiar presenta antes de 30 días una demanda de divorcio o separación o medidas paternofiliales de modo y forma legal.
  • La persona que se va del domicilio familiar continúa manteniendo sus obligaciones cubriendo el gasto de los hijos de la misma manera que lo hacía antes, conservando el contacto y compartiendo los cuidados en la manera que es posible hacerlo fuera del hogar.

 

¿Dónde se denuncia?

Hay tres posibilidades:

  • Juzgado de guardia de la localidad de residencia de la familia
  • Cuartel de la Guardia Civil.
  • Comisaría de Policía Nacional más cercana.

Para su formalización es importante aportar pruebas de la situación de desamparo o, si la hubiera, la resolución judicial que lo acredita. Y si no hubiera presentada una demanda de divorcio por ninguna de las partes conviene iniciarla antes de 30 días.

 

Plazos para denunciar

 

30 días máximo desde la ruptura de la cohabitación en el hogar familiar. En caso de una situación de peligro como puede ser una situación de violencia intrafamiliar es recomendable la denuncia inmediata tras dejar el domicilio.

 

Denunciar sin estar casados

 

Desde 2005 no existe este delito como tal, por tanto su inexistencia impide denunciar el abandono de hogar sin estar casados. Pero sí puedes denunciar el abandono familiar sin estar casados en los siguientes casos:

  • Si hay hijos menores o dependientes en común y el miembro de la pareja que se marcha deja de aportar para su manutención o se desentiende de sus necesidades afectivas, morales o cuidados.
  • Quien se va deja de cumplir sus obligaciones económicas para con el otro cónyuge si las hubiera.

 

Vía penal o vía civil

 

  • Vía penal. El otro miembro de la pareja puede denunciar a quien se marcha en el Juzgado de Guardia correspondiente o en comisaría si desatiende sus obligaciones familiares. Aunque si la persona se declara insolvente eso no soluciona de inmediato la situación económica, pero lo acredita y eso también es importante.
  • Vía Civil. Aunque es un proceso más largo y complejo es necesario en casos graves de desprotección y desatención familiar y la amenaza de multas y penas privativas de libertad puede ejercer la presión suficiente para que decida cumplir con sus obligaciones económicas.

Ambas son compatibles. Para garantizar la defensa de tus derechos y los de tus hijos lo adecuado es contar con asesoramiento y asistencia jurídica especializada.

 

¿Cómo evitar que tu salida de considere abandono del hogar?

 

Evitar una denuncia por abandono de hogar es sencillo porque este delito no existe bajo este nombre. Pero si hablamos de evitar una denuncia por abandono de familia esto es lo que puedes hacer:

 

Presenta la demanda antes de 30 días

Antes de que transcurran 30 días desde tu salida del hogar presenta una demanda de divorcio o una demanda de medidas paternofiliales en el Juzgado de Familia o Juzgado de Primera Instancia que te corresponda.

En ella deberás aportar la documentación necesaria.

Deberá ser una demanda por divorcio contencioso si no llegáis a un acuerdo.

Aunque siempre que sea posible por resultar más sencillo, más económico, rápido y evitar sobrecostes emocionales es recomendable un divorcio de mutuo acuerdo.

 

Sigue cumpliendo con los pagos y con tus hijos

Si estabas pagando un alquiler o tienes hipoteca continúa realizando el pago de las cuotas en el mismo porcentaje que lo hacías antes de irte. También deberás pagar los suministros igual que los pagabas antes.

Ante la existencia de una pensión de alimentos, págala sin demoras. Si no existe, deberás aportar lo necesario para el sustento de tus hijos y obligaciones que ya existían como pueden ser las cuotas escolares, por ejemplo.

Mantén el contacto con tus hijos y en la medida de lo posible su atención.

Para resolver cualquier duda busca asesoramiento legal especializado.

 

Deja constancia por escrito

Notifica a tu pareja por escrito a través de tu abogado, mediante un burofax con acuse de recibo o correo electrónico con acuse de recibo en el que:

  • Comuniques la dirección de la vivienda en la que vas a residir.
  • Expliques el motivo de tu marcha y la fecha exacta de tu salida.
  • Dejes constancia de tu voluntad de seguir cumpliendo con tus responsabilidades y obligaciones familiares.

También es recomendable dejar constancia documental de los pagos realizados para la familia si no están domiciliados guardando recibos de transferencias y otros documentos.

 

Si sufres malos tratos

Cuando salir de casa es necesario para la protección de quien sufre malos tratos, para evitar incurrir en un delito de abandono de familia es necesario denunciar el caso en el modo y forma adecuados cuanto antes.

Es preciso que se entienda que tu marcha es necesaria para protegerte o para proteger a tus hijos. Así que si es posible reúne toda prueba que puedas aportar a la denuncia.

 

¿Cómo podemos ayudarte en Atrik Abogados?

 

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