¿Cómo pasar de gananciales a separación de bienes estando casados?

¿Cómo pasar de gananciales a separación de bienes estando casados?

Pasar a separación de bienes estando casados en régimen de gananciales es una posibilidad que ofrece la ley siempre que se cumpla con determinados requisitos y ambos cónyuges firmen las nuevas capitulaciones matrimoniales.

Este proceso de cambiar de régimen económico tras el matrimonio conlleva una serie de trámites y también implica unos derechos y obligaciones que es conveniente conocer.

En Atrik Abogados te mostramos cómo se puede realizar el cambio a separación patrimonial, cuánto cuesta y en qué casos conviene.

 

¿Se puede cambiar de gananciales a separación de bienes estando casado?

 

La respuesta es sí, aunque con matices. No en todos los casos, ya que la propia ley señala los requisitos que exige para poder hacerlo.

 

¿Qué dice el Código Civil sobre modificar el régimen económico?

  • Artículo 1325 del Código Civil. Señala que pasar de gananciales a separación de bienes debe pactarse mediante el otorgamiento de capitulaciones matrimoniales.
  • Artículo 1317. Establece que el cambio de régimen económico no debe perjudicar en ningún caso los derechos ya adquiridos por terceros. Esto quiere decir que si ya existen deudas o responsabilidades con otros, se mantendrán pese al cambio de régimen.
  • El artículo 1327 dicta que es obligatorio firmar ante notario el documento pertinente para validar el paso a separación de bienes estando casado en gananciales.

 

El requisito imprescindible: el mutuo acuerdo entre los cónyuges

Si hay un requisito que tienes que tener claro cuando te planteas si se puede hacer separación de bienes estando en régimen de gananciales, es que no lo puede decidir un cónyuge de forma independiente o unilateral.

El mutuo acuerdo es una condición necesaria para hacer el cambio. Existe la libertad de pacto, de modo que es posible cambiar cuando los dos decidan en consenso hacerlo y sigan los pasos que la ley establece para legalizarlo.

Cuando no se cumple esta premisa, no es posible la modificación de régimen económico.

 

¿Cómo hacer el cambio de régimen?

 

pareja firmando ante notario a separacion de bienes

 

Vamos a ver cómo hacer separación de bienes estando casado en otro régimen económico paso a paso para que sea un cambio legal a todos los efectos.

 

Acuerdo entre los cónyuges y redacción de capitulaciones

 

  • Es imprescindible el acuerdo mutuo. Si se habla entre los cónyuges y así se decide, se puede iniciar el proceso.
  • Conveniencia de asesoramiento previo. El elegir separación de bienes o gananciales en España conlleva una serie de obligaciones y derechos. Para proteger vuestros derechos individuales y conjuntos, es recomendable recibir asesoramiento previo por parte de un especialista en derecho de familia antes de comprometerse al cambio y completar el proceso.
  • Se procede a la redacción de las nuevas capitulaciones matrimoniales que van a sustituir a las anteriores. Antes de hacerlo oficialmente ante notario conviene redactar un borrador con el asesoramiento legal de un abogado de familia para garantizar que se hace conforme a ley y resolver cualquier duda jurídica.

 

Firma de la escritura pública ante notario

La redacción oficial y firma se debe realizar ante notario. A ella deben acudir ambos cónyuges libremente tras la liquidación de la sociedad de gananciales.

Deben aportar toda la documentación requerida:

  • DNI de cada uno de los cónyuges, o el TIE o el pasaporte.
  • Certificado de matrimonio emitido por el Registro Civil donde se inscribió.
  • Inventario y título de propiedad de los bienes comunes a liquidar.

 

Inscripción en el Registro Civil para que tenga efecto frente a terceros

Para cambiar el régimen de gananciales a independencia de bienes y que tenga efecto frente a terceros es imprescindible la inscripción en el Registro Civil, pues sin este paso no tendrá validez legal.

En el caso de que el cambio afecte a bienes inmuebles, también es necesaria la inscripción en el Registro de la Propiedad.

 

Liquidar la sociedad de gananciales

Siempre hay que tener en cuenta que entre separación de bienes o gananciales hay diferencias y una de las más importantes es la posesión legal del patrimonio.

Cuando una pareja se casa en gananciales se crea un patrimonio común que comprende todo aquello que se gana durante el matrimonio. Pero al pasar a separación de bienes, los patrimonios deben ser independientes.

Esto obliga a liquidar la sociedad de gananciales y a repartir esos bienes que eran comunes. Los pasos son:

  • Realización del inventario de activos y pasivos a repartir. Debe incluir todos los bienes, derechos y deudas.
  • Pago de deudas comunes y reparto de bienes.

 

¿Cuánto cuesta pasar de gananciales a separación de bienes?

 

atrik abogados

 

Cambiar de gananciales a separación patrimonial conlleva una serie de trámites con un abogado de separación de bienes que tiene un coste monetario. Contacta con nosotros para evaluar tu caso.

 

Coste antes del matrimonio frente a después de casarse

 

  • Antes del matrimonio. De media, las capitulaciones matrimoniales cuestan entre 60 y 150 euros, incluyendo la notaría. Al no haber patrimonio a repartir es un procedimiento más barato.
  • Cambio de régimen a separación de bienes sin patrimonio que repartir. Si por cualquier circunstancia no existe patrimonio común, el proceso es más sencillo y económico, costando de media entre 100 y 300 euros.
  • Pasar de gananciales a separación de bienes con liquidación de gananciales. Aquí el coste es más elevado, llegando a una media de 1.000 a 3.150 euros.

El coste es mayor después de casados y con liquidación de patrimonio porque el proceso es más complejo y tiene otras implicaciones.

  • Inventariar y liquidar los bienes comunes conlleva trabajo, y en algunos casos la complejidad del patrimonio común es muy elevada.
  • La liquidación de la sociedad de gananciales tributa por el Impuesto de AJD, de manera que hay que tener en cuenta también este coste.

 

Desglose de gastos: notaría, capitulaciones e inventario (poner horquillas de precio, no fijo)

 

Como orientación, esta es la horquilla media de los costes que conlleva hacer separación de bienes estando casados en gananciales. No obstante, siempre es conveniente solicitar un presupuesto personalizado.

  • Escritura de capitulaciones en notaría, sin bienes, entre 60 y 100 euros por la redacción de escritura pública y copias básicas.
  • Notaría, con bienes, de media entre 500 y 800 euros, según el volumen, valor y complejidad del patrimonio a repartir.
  • Inventario cuando se realiza con el asesoramiento de un abogado, entre 100 y 1.000 euros según la complejidad del caso.
  • Capitulaciones por parte de un abogado de familia especializado, entre 100 y 300 euros, que puede ser mayor en casos muy complejos.

 

A esto hay que añadir los impuestos de AJD, que son de entre un 0,5% y un 1,5% del valor de los bienes liquidados, según la Comunidad Autónoma donde tributen. En la Comunidad Valencia actualmente es el 1,4%.

 

¿Cuándo conviene cambiar a regimen de separación patrimonial?

 

Hacer separación de bienes estando casados en otro régimen requiere realizar trámites y conlleva costes, pero por lo que implica a nivel legal, con sus derechos y obligaciones, hace que sea conveniente en algunos casos.

 

Proteger el patrimonio familiar ante deudas o un negocio

Cuando uno de los cónyuges monta un negocio o se asocia a una empresa no sabe si va a ser un éxito o no.

Para evitar que posibles deudas o embargos del negocio afecten al patrimonio de su cónyuge es conveniente cambiar de bienes gananciales a separación de bienes.

De este modo el patrimonio familiar quedará protegido. Es especialmente recomendable si el patrimonio común incluye vivienda y ahorros u otras propiedades de valor y cuando se trata de negocios de riesgo.

 

Segundas nupcias y diferencias de patrimonio entre cónyuges

  • Segundas nupcias. Ayuda a clarificar cuáles son bienes privados y cuáles privativos. Es la forma más sencilla y segura de facilitar que queden claros los derechos sobre los bienes en caso de herencias futuras cuando hay hijos de matrimonios anteriores o de ambos matrimonios por parte de uno o ambos cónyuges y para evitar otros conflictos legales en caso de fallecimiento.
  • Diferencias patrimoniales muy desiguales entre ambos cónyuges. Es la forma más conveniente de proteger la independencia económica de quien posee un patrimonio mucho mayor.

 

Preguntas frecuentes

 

¿Se puede cambiar sin consentimiento del cónyuge?

No, nunca. El acuerdo mutuo de ambos cónyuges es un requisito imprescindible para poder cambiar el régimen de gananciales a independencia de bienes.

Por tanto, si uno no consiente, no existe posibilidad legal de modificar el régimen patrimonial.

 

¿Cuánto tarda el proceso?

Depende de varios factores.

  • Preparación de documentos. Si no hay bienes es posible que los reúnas en una semana o incluso antes. Pero si hay que realizar inventario y reparto de bienes gananciales, según la complejidad y diversidad del patrimonio se puede alargar dos semanas o incluso más.
  • Asesoramiento legal. Dependerá de cada despacho.
  • Firma de escritura pública en notaría. Suele ser rápido pero depende de la carga de trabajo de cada notaría y en algunas pueden tener la agenda completa durante días o semanas.
  • Inscripción en el Registro Civil, entre dos semanas y varios meses según su carga de trabajo y nivel de saturación.

 

¿El cambio tiene efectos retroactivos?

No, no los tiene. Solo rige desde el momento de otorgamiento de la escritura pública ante notario siempre y cuando se haya legalizado con la correspondiente inscripción en el Registro Civil.

 

¿Afecta a los derechos hereditarios?

Sí, pasar a separación de bienes tando casado en gananciales modifica los derechos hereditarios ya que afecta y modifica la composición de los bienes de cada cónyuge.

Aunque no elimina los derechos del cónyuge viudo como heredero forzoso o legítimas, ya no existe el 50% de bienes gananciales comunes que es necesario liquidar previamente al reparto de la herencia del cónyuge fallecido.

 

¿Se puede volver a gananciales después?

Sí, la legislación española no impone un número límite de cambios de régimen matrimonial estando casados.

Eso sí, para ello deberás cumplir con los requisitos legales que marque la ley para el cambio, comenzando por el necesario acuerdo mutuo al respecto.

También deberás realizar los pasos exigidos para legalizar el cambio y asumir los costes que conlleven esos trámites.

 

¿Hay que liquidar sí o sí al cambiar de régimen?

Al quedar disuelta la sociedad común lo lógico es que quede claro el reparto de bienes. Pero no es necesario hacerlo al momento, lo puedes posponer.

No obstante, mantenerlo sin liquidar no tiene mucho sentido desde el punto de vista legal y de los derechos de ambos.

Hacerlo al momento es mejor para evitar conflictos futuros de gestión o con el patrimonio que pueden dificultar y encarecer procesos posteriores.

 

En Atrik te ayudamos a realizar estos trámites de forma de forma ágil y velando siempre por tus intereses ¡Contacta con nosotros o reserva consulta gratuita!


 

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